EN DRUMMOND SE LIMITA EL DERECHO A LA LIBRE EXPRESIÓN Y LIBERTAD SINDICAL

Una vez mas la empresa Drummond atenta contra el Derecho de asociación y la Autonomía Sindical.

Al percatarse de los reintegros a directivos sindicales despedidos de manera injusta y al ver que nuestra organización resurge nuevamente para enfrentar la arremetida patronal, en referencia a la defensa de los derechos laborales y la Convención Colectiva, la trasnacional Drummond emprende una vez mas contra el Derecho de Asociación Sindical, la Autonomía Sindical y el Derecho Constitucional a la Información, prohibiendo de manera radical el uso del sonido en las instalaciones del centro de producción donde se le da información a los trabajadores en sus horas libres.

Bajo la mentira de que la información se esta extendiendo y que entorpece el inicio de la jornada laboral, lo cual le preocupa enormemente, el Departamento de Recursos Inhumanos ha llamado a descargos al Compañero Juan Carlos Rojas, lo cual muy posiblemente a manera de Retaliación y Venganza lo suspenderán de manera injusta, simplemente para hacer valer su condición patronal.

Sin embargo a la hora de salida del turno, la empresa muestra su absoluta despreocupación, ya que se siguen presentando problemas de transporte al ser insuficientes las camionetas para sacar a los trabajadores del Pit, y lo que es peor al trabajador le toca esperar, mas de media hora, a que algunos buses regresen de la loma.

De otra parte, la empresa viene induciendo a que violemos nuestra Convención Colectiva, pretendiendo imponernos que unifiquemos

reuniones con los sindicatos patronales, en referencia a la Salud, Seguridad Industrial, Comités de Alimentos, y otros, como lo sucedido el día de ayer 4 de Noviembre, donde quiso que aceptáramos a un miembro del sindicato patronal, lo cual, es contrario a lo establecido en el articulo 26 de nuestra Convención con respecto al Comité de Alimentos.

Si bien es cierto que la Corte en recientes jurisprudencias ha manifestado la posibilidad de coexistencia de varias convenciones en una misma empresa, teniendo en cuenta siempre que la Convención Titular, es la mas antigua o la que se haya firmado primero, no es menos cierto que en ninguna parte de esas mismas jurisprudencias establece que los sindicatos se deban reunir de manera conjunta para debatir los problemas de cada uno de sus afiliados, por el contrario establece que la autonomía sindical debe ser independiente visto desde el punto de vista ideológico y político, con lo cual trazaran las diferentes formas de lucha.

Ante esta situación se están tomando las acciones legales respectivas, defendiendo así nuestra Convención Colectiva, que de alguna manera los sindicatos patronales sin tener ningún derecho copiaron y firmaron a escondidas de sus afiliados un remedo de convención colectiva para aliarse al lado del patrono y confirmar así sus prensiones personales, sin importarles la colectividad.

VIVA SINTRAMIENREGETICA…………………………….VIVA

ABAJO LOS PATRONALES………………………………..ABAJO

TODOS A LA DEFENSA DE NUESTRA CONVENCION

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