CONTINUAN ACCIDENTES EN LA MINA PRIBBENOW DE DRUMMOND LTD


Alrededor de la 2:00 am después de un fuerte aguacero se ocurrió un accidente de alto potencial al colisionar tres camiones 793, los mas grandes utilizados en el complejo minero para el acarreo del material estéril hacia los diferentes áreas de botadero, el accidente tipo sandwich se presenta como consecuencia de una orden impartida por parte del supervisor de esta área hasta el momento sin precisar este detalle, la orden era empezar ha bajar por la rampa numero 10 que dirige hacia la pala de cargue numero 32, para comenzar el proceso de cargue y acarreo sin que dieran las condiciones necesarias para iniciar las labores de limpiado de la vía ya que esta son vías de barro que al llover se convierten en un jabón que aunque el operador sea el mas experimentado baje por ella, sino hay las condiciones necesarias estos camiones se deslizarían frenados hasta donde termine la rampa de bajada sin que nada los detenga condición que no tuvo en cuenta el supervisor que imparte ordenes, como el que no baje ahora cuando se le ordena sera llamado a descargos esto sumado a las diferentes estrategias que esta utilizando DRUMMOND para amedrentar a los trabajadores y obligarlos a realizar labores en condiciones substandar como al que redactamos anteriormente, fueron tres los camiones que sufrieron perdida y daño a la propiedad de DRUMMOND puesto que las cabinas quedaron completamente destruidas, cabe anotar que la cola de pato o final de la tolva en proyección lineal en una accidente como lo relatamos, da precisamente en toda la cabina del operador que colisione por la parte de atrás de su camión lo que en muchas ocasiones como en esta coloca en alto riesgo la vida de un operador, estas ordenes impartidas son unos atentados a la seguridad y la vida de los operadores y trabajadores que tras las constantes amenazas y acoso laboral establecido en este complejo acceden a realizar labores que coloquen en riesgo su vida.

Ante esto DRUMMOND no realiza ninguna acción ya que al realizar la investiguación correspondiente culpa al operador, seguidamente lo sanciona y los procesos no se corrigen ni se sanciona al que realmente esta colocando en riesgo toda la operación y vida de los trabajadores como es el supervisor que imparte una orden es claro recordar que las leyes colombianas establecen en el articulo 216 de código sustantivo del trabajo, las responsabilidades civiles y penales a que tiene lugar una empresa cuando se ocurre un accidente o enfermedad profesional por lo que se debería en este momento instaurar una demanda penal contra este supervisor que coloca en riesgo la vida de los trabajadores.
LAS FOTOGRAFÍAS MUESTRAN AL CAMIÓN 2352 QUE FUE UNO DE LOS QUE MENOS DAÑO PRESENTO SI OBSERVAMOS CON DETENIMIENTO LA FOTOGRAFÍA VEMOS COMO SE SIENTE LA CABINA DEL LADO IZQUIERDO AL COLISIONAR CON EL QUE ESTABA ADELANTE DE EL NOTAMOS QUE EL IMPACTO DA EXACTAMENTE EN TODA LA CABINA LO QUE COLOCA LA SEGURIDAD Y VIDA DEL OPERADOR EN ESTOS CASOS EN ALTO RIESGO.



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