Posiblemente en el mundo causara horror al tener la noticia que en Colombia han llegado a los peores extremos de trato inhumano por parte de las empresas transnacionales contra sus trabajadores; hace 7 meses, se produjo la muerte del compañero DAGOBERTO CLAVIJO a consecuencia también de un accidente de trabajo, lo que dio lugar a que el sindicato denunciara públicamente el menosprecio a la vida de los trabajadores por parte de la compañía norteamericana Drummond, esta situación conllevo a los trabajadores sumidos en la zozobra y en la tristeza por la muerte de su compañero, realizaran una protesta, la que fue hostigada por la empresa, que utilizo el ESMAD para que los amedrentara y a renglón seguido acudió al Ministerio de la “Protección Social” para que constatara un presunto cese de actividades.
El 30 de Octubre, se produce la muerte del compañero LUIS EDUARDO MANRIQUE, joven trabajador que laboraba para la empresa DRUMMOND LTD, a través de la contratista denominada “H. L. INGENIEROS”, en un accidente cuya muerte completó 16 fallecidos en estas mismas circunstancias, pero lo mas indignante es que a los trabajadores compañeros de los muertos, se les impide hasta pegar un grito de protesta en solidaridad con los familiares, y en memoria de su compañero fallecido.
Causa aún mas indignación, que el día de ayer (17 dic 2009) la empresa inició procesos disciplinarios y despido de la mayoría de los integrantes de las Juntas Directivas de Sintramienergética, con el propósito de eliminar a la organización de los trabajadores para dejarlos inermes frente a la brutalidad patronal que no se hace esperar con el hostigamiento permanente, amenazas, sanciones y despidos, sin importar que los dirigentes sindicales tenemos un fuero que nos permite en ejercicio de nuestra función sindical dirigir a los trabajadores, acompañarlos en todo lastre aún más en los momentos de dolor.
El informe del Ministerio de la Protección Social, fue contrario a la realidad, por cuanto los trabajadores solo llevaban a cabo una protesta pacífica por las razones ya anotadas. Este informe sesgado de los funcionarios del Ministerio en contubernio con la empresa, dio lugar a que el Tribunal Superior de Valledupar, declarara ilegal esta protesta enmarcándola como una HUELGA, hecho de por demás desenfocado que merece todo reparo de orden jurídico, fallo que como se esperaba se utilizaron todo trafico de influencias para que fuera ratificado por Corte Suprema de Justicia.
Días después de la muerte de Dagoberto, se produjo otro accidente de alto potencial, donde estuvo comprometida la vida de los trabajadores JORGE LUIS SERNA DITTA y CARLOS ALBERTO VILLAFAÑE ROMERO y otros accidentes fatales que les costo la vida a los trabajadores DANIEL GALOFRE RODRIGUEZ, el 13 de Junio de 2009 y a LUIS EDUARDO MANRIQUE MARTINEZ, el 30 de octubre del 2009.
La represión ha llegado a tales extremos que ya se le prohíbe a los trabajadores hasta llorar sus muertos, so pena de soportar otra ilegalidad a su protesta y hasta perder el puesto de trabajo, ¡que vergüenza verdad!
Esta situación nos promueve a pedir la solidaridad inmediata a todas las organizaciones sociales, sindicales, ONG, para que se pronuncien ante los organismos del Estado, Corte Suprema de Justicia, alto tribunal que cree ciegamente en lo que los patronos le dicen, pero pone oídos sordos al clamor de los mas débiles que somos los trabajadores, este es el sistema que vive el pueblo colombiano; acudimos también nuevamente a los entes del estado para que investigue y sancione ejemplarmente a los empleadores de éstas transnacionales para que corrija y minimice los factores de riesgo para que se implante un manejo adecuado, humanitario, en las operaciones en la cual se mire a los trabajadores con sentimiento humano por encima de cualquier otra circunstancia, es decir, que se valore que la vida del ser humano es mas valiosa que las máquinas que ellos operan para la extracción del mineral. Además para que se respete el derecho a la protesta en particular en los momentos de dolor.
Desde estas páginas, llamamos al Estado Colombiano, haga respetar por parte de estas transnacionales el Derecho a la Vida, a la protesta de los trabajadores; así como también nos dirigimos a la Embajada Norteamericana, para poner en su conocimiento de que las empresas de capital norteamericano que extraen los minerales en nuestro país, actúan irresponsablemente y el mineral carbonífero que exportan va enlodado de sangre de los trabajadores colombianos
Firmado:
Federación Unitaria de Trabajadores Mineros, Energéticos, Metalúrgicos, Químicos y de Industrias Similares de Colombia
"FUNTRAENERGETICA"
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Minera, Petroquímica, Agrocombustibles y Energética
"SINTRAMIENERGETICA"
Las notas de protesta pueden ser enviadas a las siguientes empresas y entidades
Nombre: Drummond
Dirección: 1000 Urban Center Drive, Suite 300
Teléfono: 1-205-9456300, 1 - 205 - 9456500
Fax: 1-205-9456440
Ciudad: Birmingham
Estado: Alabama
Código postal: 35202
Casilla de Correo: 10246
País: Estados Unidos
Sitio Web: http://www.drummondco.com
Email General: info@drummondco.com
Presidente del Directorio Garry N. Drummond
DRUMMOND LTD. COL.
Presidente: AUGUSTO JIMENEZ MEJIA
Dirección: Calle 72 No. 10 – 07 Of. 1302
PBX: 571 – 326 4900
FAX: 571 – 210 2054
Correo Electrónico: mguzman@drummondltd.com ; Acotes@drummondltd.com .Bogotá D.C.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Dr. ALVARO URIBE VELEZ
Dirección: Carrera 8 No. 7 – 26, Palacio de Nariñ
Fax: 571 – 566 2071
Correo Electrónico: auribe@presidencia.gov.co
Bogotá D.C.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Dirección: Carrera 9a. No. 14-10
PBX: 571- 444 31 00 (Comunica con todas las dependencias)
VICEMINISTRO DEL INTERIOR 571 - 599 9201
VICEMINISTRO DE JUSTICIA 571 - 599 9501
SECRETARIA GENERAL 571-560 3047
Correo Electrónico: admin_web@mij.gov.co
Bogotá D.C.
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Dirección: Carrera 13 No.32-76
PBX: 571 330 5000
Fax: 571 330 5050
(Línea Gratuita de Atención al Usuario)
Desde Bogotá: 571 - 330 5000 ext. 3380/81
Desde otras ciudades del país: 018000-910097
Ministerio de la Protección Social Dpalacio@minproteccionsocial.gov.co
Corte Suprema Sala Laboral Telefax: 5 62 63 25 en Bogotá
Bogotá D.C.
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Dirección: Transversal 45 No. 26 - 86 – CAN
PBX: 571- 324 5262
Correo Electrónico: mltorres@minminas.gov.co
Bogotá D.C.
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
Dirección: Carrera 5 No. 15 – 80 Bogotá D.C.
Correo Electrónico: reygon@procuraduria.gov.co
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
Dirección: Diagonal 22B No. 52 – 01 Bogotá D.C.
Fax: (57-1) 5702000
Correo Electrónico: contacto@fiscalia.gov.co ; denuncie@fiscalia.gov.co
· REPRESENTANTE DE LA OIT EN COLOMBIA
Dr. MARCELO CASTRO FOX
Dirección: Avenida 82 No. 12 -18
Oficina: 504
Teléfono: (57-1) 6237586
Correo Electrónico: castrofox@oit.org.pe
Bogotá D.C.
Los oficios dirigidos a las anteriores entidades, favor enviar copias a:
FUNTRAENERGETICA
Telefax: 2865259
Correo electronico: funtraenergetica@gmail.com funtraenergetica@colombia.com
SINTRAMIENERGETICA NACIONAL
Telefax: (57-5) 3792945
Correo Electrónico: sintramienergeticanacional@hotmail.com ;
sintramienergeticanacional@gmail.com
El 30 de Octubre, se produce la muerte del compañero LUIS EDUARDO MANRIQUE, joven trabajador que laboraba para la empresa DRUMMOND LTD, a través de la contratista denominada “H. L. INGENIEROS”, en un accidente cuya muerte completó 16 fallecidos en estas mismas circunstancias, pero lo mas indignante es que a los trabajadores compañeros de los muertos, se les impide hasta pegar un grito de protesta en solidaridad con los familiares, y en memoria de su compañero fallecido.
Causa aún mas indignación, que el día de ayer (17 dic 2009) la empresa inició procesos disciplinarios y despido de la mayoría de los integrantes de las Juntas Directivas de Sintramienergética, con el propósito de eliminar a la organización de los trabajadores para dejarlos inermes frente a la brutalidad patronal que no se hace esperar con el hostigamiento permanente, amenazas, sanciones y despidos, sin importar que los dirigentes sindicales tenemos un fuero que nos permite en ejercicio de nuestra función sindical dirigir a los trabajadores, acompañarlos en todo lastre aún más en los momentos de dolor.
El informe del Ministerio de la Protección Social, fue contrario a la realidad, por cuanto los trabajadores solo llevaban a cabo una protesta pacífica por las razones ya anotadas. Este informe sesgado de los funcionarios del Ministerio en contubernio con la empresa, dio lugar a que el Tribunal Superior de Valledupar, declarara ilegal esta protesta enmarcándola como una HUELGA, hecho de por demás desenfocado que merece todo reparo de orden jurídico, fallo que como se esperaba se utilizaron todo trafico de influencias para que fuera ratificado por Corte Suprema de Justicia.
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